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sábado, 19 de marzo de 2011

BLUFF.....UNA PUBLICACION COMO ANONIMO PARA DIFAMAR

PUBLICACIONES DE ANONIMOS : BLOGS, COMENTARIOS, AVISOS GRATUITOS, PARA DIFAMAR,
ACUSAR ....CALUMNIAR, OPINAR COMO ANONIMO.

Hemos recibido solicitudes de personas de distintas universidades, que solicitan que publiquemos, que son en Internet "Los Bluffs". A proposito de las continuas publicaciones a favor y en contra de empresas, politicos, corporaciones internacionales,etc.




Debemos señalar antes de pasar al articulo, que nos resuelve el tema solicitado, que


no toda informacion en la red, es fiable, real, cierta, exacta. Hay en la internet un sinnumero de mentiras, falsedades, que confunde mayormente a las personas de poca cultura, sin criterio.


QUE ES UN BLUFF

Publicacion que se realiza a modo de anonimo, para desorientar, intimidar a un segmento social, que participa de actividades tecnicas, industriales, de intercambio, educativas,politicas, deportivas.

El "bluff", es un medio muy utilizado en los periodicos poco serios, tambien en la internet, para intentar quitarle credibilidad a instituciones y empresas de exito.

Asi tenemos que Coca Cola Inc marca lider mundial de gaseosas, ha sido atacada durante años con diferentes "bluffs".


Casos concretos

Coca Cola, Kentuckry Fried Chickens



En 1970 se publico en "bluff" en una revista internacional, en la que se decia, que la Coca Cola, usaba un suplemento, como la cocaina, en la elaboracion de su producto, para crear adiccion en los consumidores, para que solo le compren a ella.

En el 2005 se publico de igual modo otro "bluff", en la television, pero ahora para atacar a Kentuckry Fried Chickens, cadena mundial, lider de comidas rapidas.

Se publicito ampliamente en la television americana, un video en el que se veia con camaras secretas, los locales de la cadena internacional, cuando estaban cerrados de noche, en la madrugada. En el video se veian numerosas ratas, con largas colas, caminando por las cocinas, mesas de atencion, almacenes, comiendo, defecando.

Este video elaborado en otro lugar, simulando ser un restaurante de Kentuckry Fried Chickens, fue ampliamente difundido, dos años despues, se descubrio a los autores del mismo. Eran delincuentes pagados por restaurantes chicos, que querian destruir la credibilidad de la empresa.

Lo mismo ocurrio con Coca Cola, que su producto fue estrictamente revisado por las autoridades sanitaras de 25 paises y jamas se encontro, que en su composicion hubiere cocaina. El bluff, termino siendo ignorado por los millones de consumidores y Coca Cola es hoy por hoy la marca lider mundial en aguas gaseosas.

La competencia desleal, existe, no solo en el mundo real, tambien en el mundo virtual, donde los que se ven desplazados, superados, recurren a la estrategia del "bluff".

Se trata de realizar publicaciones en forma de anonimo, contra las empresas, que se desean destruir.

Lo mismo ocurre con los politicos, artistas, que son fotografiados y presentados como drogadictos, alcoholicos, como es el caso en Peru de Alejandro Toledo, profesor universitario en Michigan, Oxford, Stanford, pero que en Peru, sus enemigos politicos, sus competidores intentan acabar con el, destruir su credibilidad con numerosos "bluffs", que circulan en la red de internet.

El "bluff" es una publicacion, en periodicos, blogs de anonimos, una falsa noticia, es un aviso malevolo , siempre como anonimo, que alguien hace, para impedir a otros el exito.




Como reconocer una noticia verdadera, un aviso veraz, una publicacion seria?




1.- Las noticias siempre llevan el nombre del periodista, cadena de noticias, que se responsabiliza por la informacion. Eso es seriedad, respeto al publico.




2.- Las publicaciones sobre denuncias, siempre llevan el nombre de su autor, completo, no se escudan en el anonimato. No es creible, una denuncia que no tiene un responsable de ella, alguien que da la cara y que puede probar de modo indubitable lo que dice.




Una publicacion en forma de anonimo, es el equivalente a la piedra que lanza desde un arbusto un maleante que quiere atentar contra un anciano, un niño, destrozandole la cabeza. Y luego huye.Es un acto cobarde y desde que no revela la fuente, se considera mentira, parte de una infamia, como los volantes que reparten para decir por ejemplo que tal señorita es prostituta, ladrona,etc.




3.- Los avisos que no dan un correo electronico, como responsable, no son fiables, puede haber publicado un preso en Lurigancho, un maleante chantajista, un vago, para extorsionar, un criminal, como ya se ha visto innumerables veces, en el norte del pais.




Tenga en cuenta que un aviso, un comentario lo realiza cualquiera, de modo anonimo, asi que no merece ninguna credibilidad.




4.- No siempre vamos a encontrar cosas favorables a una empresa, institucion, porque hay de todas maneras detractores, que por odio, encono, envidia, suelen escribir, publicar toda clase de barbaridades contra instituciones como el Ministerio Publico, el Poder Judicial, el Congreso de la Republica, los Presidentes y Ex Presidentes, empresas nacionales y extranjeras, solo para intentar quitarles su fama, exito, afectar su credibilidad, destruir su imagen.
En Peru fueron victimas de un "bluff" la congresista Luciana Leon Romero, la Modelo Viviana Rivasplata, el Dr. Alejandro Toledo, la empresa Santa Natura, a todos ellos les publicaron y difundieron noticias falsas, comentarios malevolos y denigrantes, asi como se repartieron, volantes difamatorios. Jamas se ha podido establecer quien, quienes fueron, solo en el caso de la congresista Luciana Leon Romero, si se aclaro y descubrio quien le atribuyo "correos electronicos falsos que la comprometian en delitos".

Delito de difamación e injurias

a) Descripción

El delito por difamación e injurias1es una sanción que se considera cuando una persona entiende que determinada información u opinión dañó su honor. La legislación establece una serie de excepciones que exoneran de pena pero en ningún caso excluyen el delito.

La reivindicación principal es la eliminación de las leyes penales de difamación, no cualquier ley de difamación. El objetivo es lograr su descriminalización, es decir, que no sea considerado un delito y por tanto no tengan penas de prisión.

Una declaración internacional firmada por periodistas y defensores de la libertad de prensa afirmó:

La criminalización de la difamación es una respuesta desproporcionada e innecesaria a la necesidad de proteger reputaciones. Las leyes civiles de difamación proporcionan una reparación suficiente para todos aquellos que reclaman haber sido difamados. Además, no debería haber responsabilidad a menos que el demandado actúe con desprecio por la verdad. Las leyes de difamación civil no deberían proporcionar una protección especial para las figuras públicas. En casos de interés público, es necesario que los demandantes demuestren que la información difamatoria es falsa. Cualquier reparación ordenada en casos civiles debería ser proporcional al daño causado demostrable2.


Nos encontramos ante un delicado caso en que se oponen dos derechos fundamentales: el de libertad de expresión e información, y el derecho al honor, ambos reconocidos en la normativa nacional e internacional de la que nuestro país es signatario.

Nuestro el Poder Judicial ha avanzado, via jurisprudencia3, en una solución al dilema: “el derecho a informar y el derecho a informarse y ser informado” son derechos “tan trascendentes que pueden ser ubicados en un plano superior al de los otros derechos civiles, pues ello depende de la estructura entre el poder y la libertad. En los estados democráticos este derecho es uno de los pilares del sistema constitucional” 4.

En este sentido, las limitaciones a la libertad de expresión deben ser mínimas, imprescindibles y legítimas. Según este criterio, en caso de tratarse de funcionarios públicos o personas con notoria y voluntaria actividad pública, se ampara a los periodistas aún dando noticias falsas o inexactas “siempre y cuando su autor las crea verdaderas y su propósito haya sido el de ilustrar a la opinión pública del tema tratado, de buena fe y sin malicia”5.

Reconociendo la preeminencia del derecho a la libertad de expresión, los jueces han entendido:

que la protección que ofrece este derecho no solo debe extenderse a las ideas favorables, sino también y sobre todo, a aquéllas ideas que puedan resultar ofensivas, perturbadoras, exageradas, provocativas o chocantes pues, tales son las exigencias del pluralismo y la apertura mental sin las cuales no es posible que exista una sociedad democrática.

que si bien este derecho no ampara ni los agravios, ni la injuria, ni la calumnia, ni la difamación; y tampoco protege la falsedad, la mentira o la inexactitud cuando es fruto de la total y absoluta despreocupación por verificar la realidad de la información. Sí ampara a la prensa cuando la información se refiere a cuestiones públicas o a funcionarios públicos, aún en el caso de que la noticia tuviera expresiones falsas o inexactas, siempre y cuando su autor las crea verdaderas y su propósito haya sido el de ilustrar a la opinión pública del tema tratado, de buena fe y sin malicia.

que la posición de preferencia que posee la libertad de expresión por sobre los otros derechos se mantendrá, siempre y cuando: a) la información que de ella emane resulte “útil” a una sociedad democrática; y b) existan bases objetivas que induzcan al informador a considerar que dicha información es cierta, aún cuando posteriormente se demuestre el hecho como objetivamente falso.

que en caso de que el periodista haya ejercido en forma legítima este derecho, no es posible concluir jurídicamente que el derecho al honor se hubiera visto lesionado de forma alguna.


b) Antecedentes

Junto con los anteriores antecedentes nacionales, el cambio de la legislación en la materia también parece necesario en función de dos sentencias judiciales recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sus resoluciones son vinculantes para los países que ratificaron el Pacto de San José de Costa Rica, y por tanto es válida para Uruguay la jurisprudencia que van generando.

En los casos Herrera Ulloa y Canese la Corte falló en el 2004 en contra de sentencias de difamación en los Estados de Costa Rica y Paraguay.

El caso costarricense comenzó con un artículo del periodista Mauricio Herrera Ulloa en el diario La Nación en 1995. A partir de notas de prensa en medios europeos, se refirió al diplomático costarricense Félix Przedborski y sus supuestas actividades relacionadas con el tráfico ilegal de armas, drogas, cigarrillos y divisa extranjera en Europa.

El juez sentenció en contra de Herrera porque no logró probar la veracidad de los hechos publicados en los diarios europeos. Esto significa, dice la Corte en su fallo, “que el juzgador no aceptó la excepción mencionada porque el periodista no había probado la veracidad de los hechos de que daban cuenta las publicaciones europeas; exigencia que entraña una limitación excesiva a la libertad de expresión, de manera inconsecuente con lo previsto en el artículo 13.2 de la Convención”.

Y agrega: “el efecto de esta exigencia resultante de la sentencia conlleva una restricción incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana, toda vez que produce un efecto disuasivo, atemorizador e inhibidor sobre todos los que ejercen la profesión de periodista, lo que, a su vez, impide el debate público sobre temas de interés de la sociedad”.

En el caso paraguayo, sucesivos juicios por difamación penaron con prisión y multas al candidato presidencial Ricardo Canese. En agosto de 1992, Canese había señalado que el candidato Juan Carlos Wasmosy era testaferro de Stroessner en la constructora CONEMPA, empresa adjudicataria del contrato de la construcción de la Central Hidroeléctrica de Itaipú. Los socios de Wasmosy, que no fueron mencionados por Canese, lo demandaron por injurias y calumnia.

Para la Corte Interamericana, la sentencia y el propio proceso «constituyeron una sanción innecesaria y excesiva por declaraciones que emitió la presunta víctima en el marco de la campaña electoral, respecto de otro candidato a la Presidencia y sobre asuntos de interés público». Dichas sanciones, señala la Corte, «limitaron el debate abierto sobre temas de interés o preocupación pública».

Según las organizaciones internacionales de defensa de la libertad de expresión estas decisiones plantean importantes cuestionamientos a la compatibilidad de las leyes penales con el derecho a la libertad de expresión. La lógica jurídica de estas decisiones hacen “necesario que los gobiernos latinoamericanos se abstengan de procesar a periodistas por difamación y que reformen las leyes de difamación para eliminar las sanciones penales»9, aseguran.

c) Propuestas

Es urgente abordar la elaboración de un proyecto de ley la despenalización de la difamación, haciendo compatible nuestra legislación a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Los antecedentes planteados marcan claramente un cambio de rumbo en este tema. La jurisprudencia uruguaya, y las recomendaciones y jurisprudencia de los instrumentos del Pacto de San José de Costa Rica del cual nuestro país es signatario, así lo indican. Tal como recomienda el Relator de Libertad de Expresión de la OEA se debería “promover la modificación de las leyes sobre difamación y calumnia criminal” 10.

En el mismo sentido, la Comisión Interamericana de la OEA recomienda a los países miembros que ajusten su legislación a los Principios sobre Libertad de Expresión:

La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas11.


Los trabajadores de la prensa uruguayos han propuesto que el proyecto “reconozca, como regla y no como excepción, la irrelevancia penal de las informaciones de interés general y diligentemente chequeadas, y que como consecuencia corresponda al denunciante la carga de probar la real malicia del periodista o ciudadano que difundieron una noticia falsa”12.

d) Recursos

Declaración internacional sobre leyes penales de difamación en América Latina, varias organizaciones


Caso Herrera Ulloa vs Costa Rica, Corte Interamericana de Derechos Humanos, OEA


Voto concurrente del presidente de la Corte Interamericana


Caso Canese vs Paraguay, Corte Interamericana de Derechos Humanos, OEA




............................................................
NOTAS AL PIE

1 Art. 26 de la Ley N°16.099, y Arts. 333 y 334 del Código Penal
2 Firmado por el Comité para la Protección de los Periodistas, Artículo 19, World Press Freedom Committee, Open Society Institute Justice Initiative, Colegio de Periodistas de Costa Rica, Centro para la Justicia y el Derecho Internacional, La Nación de San José, Costa Rica; setiembre de 2004
3 Ver libro “La libertad de prensa en la jurisprudencia uruguaya”, de Edison Lanza, 2004
4 Caso Wasmosy vs La República – sentencia N°253/99 del 13 de octubre de 1999, Suprema Corte de Justicia
5 La llamada “doctrina de la real malicia”. Sentencia del caso Israel vs Areán, Tribunal de Apelaciones de Primer Turno, Montevideo, 22 de abril de 2003
6 Idem
7 Caso Herrera Ulloa vs Costa Rica, sentencia de 2 de julio de 2004, Corte Interamericana de Derechos Humanos
8 Caso Ricardo Canese vs Paraguay, sentencia de 31 de agosto de 2004, Corte Interamericana de Derechos Humanos
9 Ann Cooper, Directora Ejecutiva del CPJ
10 Recomendaciones del Informe Anual de Derechos Humanos 2003, punto e)
11 Art. 10 de la Declaración de octubre de 2000
12 Documento de la Comisión de Libertad de Prensa de APU
NOTICIAS

ANEXOS

2.2a
Declaración internacional sobre leyes penales de difamación de América Latina

2.2b
Caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica, Corte Interamericana

2.2c
Voto concurrente del presidente de la Corte Interamericana

2.2d
Caso Canese vs. Paraguay, Corte Interamericana

domingo, 6 de marzo de 2011

LOS INSTITUTOS SUPERIORES EN PERU-

EGRESADOS NO SON CONSIDERADOS PROFESIONALES, NO SON ACEPTADOS EN LOS COLEGIOS PROFESIONALES, NO NPUEDEN FIRMAR BALANCES GENERALES, NO PUEDEN FIRMAR PLANOS DE CONSTRUCCION CIVIL......

Muchas personas de otras latitudes, no saben, no tienen idea de lo que son los Institutos Superiores en el Peru.

Lo mismo ocurre con gran cantidad de peruanos, mayormente ociosos , que no quieren sacrificarse para ser profesionales.

Alejandro Toledo Manrique es un hombre que en su infancia, trabajo "lustrando zapatos", en las calles. Este peruano que hoy esta a punto de convertirse, por segunda vez, en Presidente de la Republica, en el Peru, nos da un gran ejemplo, de que : querer es poder".

El joven Alejandro Toledo eligio ser decente, un hombre de bien, puso su mayor esfuerzo en el estudio y la vida lo compenso, con creces. No eligio como hacen la mayoria de ociosos en el Peru, estudiar en un Instituto Superior, tres años, una carrerita.

Alejandro Toledo Manrique eligio estudiar en la Universidad.

La Universidad es en todas partes del mundo, el maximo nivel de la educacion.

Un Instituto Superior en Peru, no tiene el rango, la categoria, ni siquiera el nivel de la educacion universitaria.

LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE PERU, NO ACEPTAN A LOS EGRESADOS DE INSTITUTOS SUPERIORES.

En el Peru existen numerosos Colegios Profesionales, asi tenemos el Colegio de Ingenieros de Peru, el Colegio de Contadores Publicos de Peru, el Colegio de Abogados del Peru, el Colegio de Administradores del Peru,etc.

El Colegio de Contadores de Peru - Orden profesional Fundada en 1942. Servicios Internet: instalaciones domiciliarias, servicios de capacitación, creación y alojamiento de páginas web, cabinas públicas, clases virtuales. Programa de capacitación en informática. Contadores que brindan servicios de asesores o consultores independientes. Alumnos de los cursos de Informática Contable. Revista 'El Contador Público'. Eventos. Notas de prensa. Comités Funcionales.
http://www.ccpl.org.pe/

No acepta a egresados de Institutos Superiores en su Orden.

LOS EGRESADOS DE CONTABILIDAD INSTITUTOS SUPERIORES NO PUEDEN FIRMAR BALANCES GENERALES.

Todos los fines de año, las empresas de todo Peru, deben presentar su Balance General a las autoridades tributarias de SUNAT, debidamente firmado por un Contador Publico Colegiado.

Los egresados de Institutos Superiores de cualquier parte de Peru, no son profesionales universitarios, no pueden colegiarse, ni tampoco firmar Balances Generales. Esa es la realidad en el Peru.

Un egresado de Instituto Superior creado por el Ministerio de Educacion de Peru, no firma, no puede firmar Balances Generales, no es considerado Profesional por eso, no puede colegiarse.

¿No cree lo que le informamos? Comuniquese ud mismo con el Colegio de Contadores Publicos de Peru, y consulte ud mismo, si un egresado de Instituto Superior puede o no colegiarse.

No puede, porque no es profesional.

EL ENGAÑO DE EL TITULO A NOMBRE DE LA NACION

El titulo a nombre de la nacion, debidamente visado y firmado por las autoridades del Ministerio de Educacion de Peru, no permite a ninguno de sus egresados de Contablidada, Economia, Salud, colegiarse en ningun Colegio Profesional del Peru.

Asi tenemos que estos egresados, de la Especialidad, de Topografia, Construccion Civil, diseñan planos de arquitectura, de ingenieria, pero no los pueden firmar.

Cuando ud quiere construir una casa, un edificio, los Municipios de todo Peru, le exigen a ud, presentar los Planos de Ingenieria, debidamente firmados por un Ingeniero Civil Colegiado. Caso contrario, no le autorizan construir un edificio, casa.

Los miles de egresados de Institutos Superiores de Peru, no pueden firmar planos de construccion civil, por que no son considerados profesionales.

INSTITUTOS SUPERIORES FABRICA DE BURROS EN EL PERU.

La mayoria de institutos superiores, son mal vistos en el Peru. Las empresas privadas contratan a sus egresados con remuneraciones minimas, no les dan el trato, ni el reconocimiento, que recibe un profesional egresado de Universidad peruana.

Las responsabilidades, cargos de gerencia, jefatura exigen, en todo Peru, que el postulante sea Profesional Universitario, exigen estudios universitarios. Los postulantes con titulos otorgados por el Ministerio de Educacion, son ninguneados, contratados para oficinistas, mando medio, pero practicamente nunca para ser Gerentes en Empresas grandes.

Basta ver los periodicos de dia domingo, El Comercio, el mas importante de ofertas laborales , que se publica todos los dias domingo en Peru.

Lea un ejemplar de dia domingo y vea la inmensa oferta laboral y observara, que en el 90 % de ofertas, se exige, estudios universitarios concluidos y experiencia no menor en cargos similares de tres años.

No es cierto entonces, que el futuro laboral, de los egresados de institutos superiores en Peru, esta garantizado.

Los egresados de institutos superiores, son vistos como gente no profesional, aunmque tengan el titulo del Ministeriuo de Educacion visado por el propio ministro.

En el Peru solo se considera profesionales a los egresados de universidades.

EL MINISTERIO DE EDUCACION NO CREA UNIVERSIDADES, NO LAS CONTROLA

Por decadas el SUTEP ha intentado de mil formas, lograr que las universidades , pasen bajo el control absoluto del Ministerio de Educacion. Pero no lo ha logrado. Este ente comunista, cercano y de grandes coincidencias con Sendero Luminoso, en el cual esta Rolando Breña, un liderillo comunista, radical, jamas ha logrado su maxima conquista, copar las universidades, para manejar la mente de los universitarios y ganarlos, para la causa socialista comunista mundial.

El SUTEP-Sindicato Unico de Trabajadores de la Educacion Peruana, es una organizacion comunista, que por decadas a saboteado a todos los proyectos educativos, de todos los gobiernos. Sonm estos los que declaran huelgas y dejan sin profesores, sin clases a los niños de todo el Peru.

El Ministerio de Educacion, no crea universidades, un ministro no puede ni crear, ni autorizar el funcionamiento de universidades. Esto solo lo puede hacer el Congreso de La Republica. Tambien lo puede hacer el presidente de La republica siempre y cuando le sean delegadas facultades especiales por el Congreso en materia de legislacion.

En el Peru es la ANR - ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES quien controla a las Universidades de todo el pais. La ANR no es un apendice del Ministerio de Educacion, no esta bajo su autoridad.

LOS DIPLOMADOS DE ESPECIALIZACION EN PERU

Las universidades peruanas desde 1990 y algo mas, han puesto al alcance de la poblacion de todo el Peru, bajo la modalidad de educacion a distancia, numerosas especialidades, cursos de seis , doce meses. Estos se desarrollan bajo esta modalidad señalada en todo el pais, con la cooperacion de entidades sin fines de lucro, que celebran convenios con ellas. Las Universidades peruanas, celebran convenios con Asociaciones Civiles, ONGS, Colegios Profesionales, jamas con empresas privadas, para dentro de un marco de colaboracion y cooperacion, en alianza, llevar educacion a todo el pais. Es tan noble y loable este sistema, que tenemos hoy dia despues de veinte años, miles de profesionales especializados, mejor capacitados, gracias a los Cursos a Distancia, que han ofrecido universidades como : Inca Garcilazo de La Vega, San Martin de Porres, que ya en 1990, sus cursos, sus diplomados universitarios eran ofrecidos y vendidos en todo el oriente peruano y en el resto del pais.

En años mas recientes tenemos que hay convenios de universidades como Enrique Guzman y Valle, San Marcos, Los Angeles, que permite a lies de empleados publicos estudiar, mejorar sus conocimientos, ascender en su carrera laboral.

La idea es de que se ofrezca a la poblacion una educacion, moderna, actualizada, impartida por una entidad seria respetable, de nivel, como es la Universidad Peruana.

LOS INSTITUTOS SUPERIORES NO OFRECEN DIPLOMADOS DE ESPECIALIZACION

En el Peru los Institutos Superiores no ofrecen Diplomados Universitarios, ellos no tienen absolutamente nada que ver, en este asunto. Organizan para sus propios alumnos, entre ellos sus diplomados, pero con certificacion del instituto, que no tiene el nivel universitario.

Si una empresa privada, publica, tiene que elegir entre un Diplomado de Instituto Superior y uno expedido por Universidad, desde luego que preferira, el que es de mayor rango: el universitario.

LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE PERU NO TIENEN EL NIVEL UNIVERSITARIO

La ANR no lleva un control de los titulos otorgados a nombre de la nacion, por los institutos superiores de Peru.

Solo lleva un control estricto de los titulos expedidos por universidades y solo ella los puede firmar , visar, refrendar. Asi tenemos que si un profesional universitario de Peru, desea convalidar, homologar estudios en otro pais, quien debera VISAR sus TITULOS, es la ANR, pero jamas, el Ministerio de Educacion de Peru.

COMO RECIBEN ALUMNOS LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE PERU?

Pues reciben a cualquiera, sin ningun tipo de evaluacion, examen previo al postulante. Algunos han cambiado y estan exiigiendo un examen de admision, pero no son todos. por lo que podemos observar que cualquiera, ingresa a un instituto superior y estudia, asi no tenga un minimo de condiciones intelectuales, para estudiar la carrera. No lo decimos nostros, lo dicen especialistas como Leon Tratenberg:

"Hay suficientes evaluaciones que testimonian las debilidades de los institutos superiores y facultades de educación. Después de todo ¿cómo se titula un profesor de un ISP o Universidad? En los ISP inician su carrera sin dar examen de ingreso y en las universidades es como si no lo dieran, porque se ingresa con puntajes desaprobatorios. Luego de cinco años de estudios no auditados ni acreditados por nadie, los egresados reciben directamente un título a nombre de la nación. Luego se presentan a los concursos públicos docentes y no pocos ocupan plazas a pesar de que desaprueban las pruebas."

INSTITUTOS SUPERIORES PEDAGOGICOS CONDENADOS A DESAPARECER...
Afirma especialista de la DREP, César Ochoa.

Miren ahora amigos, esta reveladora nota, en la que el espercialista en tono triste, nos dice, que se esta abusando de la poblacion, porque se le esta exiigiendo a los Institutos Superiores, exigir nota minima de catorce , tanto para garuarse, como para ingresar....lea y analice...

Escribe Carin Chacon

Desde el 2007 el número de ingresantes disminuyó con la implementación de la nota 14. -

El Ministerio de Educación desde el año 2007, implementó la nota 14 para el ingreso a los institutos superiores pedagógicos públicos a nivel nacional, generando la disminución de alumnos en estos centros de enseñanza que ofertan especialidades para la docencia.

El especialista de educación superior de la Dirección Regional de Educación Puno, César Augusto Ochoa Simonini, aseguró que los institutos están auto cerrándose, pues la disminución de ingresantes y las exigencias rigurosas para los egresados para graduarse, ocasionó el cierre de varias especialidades.

César Ochoa, a título personal consideró que la intención del Ministerio de Educación al aplicar la nota 14 es positiva, ya que en unos cinco años se repotenciará la carrera magisterial, además los estudiantes ingresarán con vocación, pues años atrás estudiaban en los institutos superiores, aquellos que no lograron ingresar en los últimos años.

Otra de las situaciones que afrontan los institutos superiores pedagógicos, está referida a la obtención de la nota 14 por los egresados, sólo así lograrán graduarse. Los egresados deberán aprobar esa nota en las asignaturas de matemáticas, comunicación, dominio de ingles y dominio en Tecnologías de Información y Comunicación (TIC).

¿Que podemos inferir de esta nota de la periodista Carin Chacon?

1.- Que a los institutos superiores ingresaban los jovenes, que no podian ingresar a la universidad, por su pesimo, bajisimo coeficiente intectual.

2.- Que los institutos superiores en Puno, recibian a cualquiera, para estudiar el nivel supuestamente superior, pero que al exigirse la nota minima de catorce, para ingresar, previos examenes, descendio enormemente la demanda de estudios, los jovenes ya no postulan, no quieren ser sometidos a examenes rigurosos de conocimientos, antes de acceder a la carrera.

Por ello los institutos superiores pedagogicos, estan cerrando sus puertas.

COMO SE CREAN LOS INSTITUTOS SUPERIORES EN PERU

Miles de institutos superiores se crearon gracias a la coima, el tarjetazo, el amiguito en la UGEL, el compadre que es Director aqui, alla. Pero no reunen condiciones minimas para enseñanza superior, no educan en el nivel superior, son solo fabricas de burros, con titulo bamba a nombre de la nacion, que al egresar, no pueden colegiarse en los Colegios Profesionales respectivos, como es el caso de los miles de egresados de institutos supeiores , en la especialidad de contabilidad, construccion civil, que no pueden firmar Balances Generales de Contabilidad para presentar ante la SUNAT, ni tampoco pueden firmar Planos de Ingenieria Civil, de Construccion Civil, para que los municipios autoricen la construccion de un edificio.

¿Ve ud ahora, lo importante que son los Institutos Superiores de Peru?, ¿Ve ud ahora las enormes ventajas de estudiar en uno de ellos, la especialidad de contabilidad y al egresar no poder colegiarse, ni firmar documentos contables?

LA EDUCACION SUPERIOR EN PERU ES UNIVERSITARIA

Cualquier otra es solo un negocio, una farsa, una manera de engañar a miles de jovenes, que cuando egresan son marginados, porque pese a que tienen el titulo a nombre de la nacion, VISADO POR EL MINISTERIO DE EDUCACION, no pueden colegiarse, no pueden firmar documentos contables para presentarlos a la SUNAT, no pueden firmar planos de construccion civil, para ser presentados a las autoridades muncipales, etc,etc.

Los titulos a nombre de la nacion, no permiten acceder a puestos de primer nivel en el campo laboral, solo a los intermedios, a los de auxiliares, nunca el egresado de un isntituto superior es considerado profesional. Si asi fuera, pues entonces podrian "COLEGIARSE", firmar docuementos como los Contadores Publicos Colegiados, Ingenieros Civiles.

No crea las tonterias que publica como Anonimo una ratera que responde al alias de CHINA ALVA.

CHINA ALVA es en Peru una conocida delincuente, embaucadora, que aparece como asaltante de tiendas,etc.



Sonria y sea feliz, pero no estudie con Institutos

PEDRO ALEJANDRO REYES RAMOS

Instructor de Seguridad Publica y privada

Ministerio de Interior de Peru

www.alvisegdiplomados.blogspot.com