miércoles, 16 de marzo de 2022

YDELFO NARRO--------MINISTRO DE JUSTICIA-------------

 

Ministro de Justicia se reunía con Pedro Castillo y su entorno cuando aún era juez

Según los registros de visitas Ángel Fernando Yldefonso Narro se reunía con asesor Beder Camacho y con el abogado del presidente Eduardo Pachas. Fue un asiduo visitante de Palacio en crisis de Sarretea y previo a salida de Mirtha Vásquez.

De acuerdo al registro de Infogob del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Yldefonso Narro participó en tres procesos electorales. En el 2002 postuló por Acción Popular a la Municipalidad de La Victoria y en el 2006 postuló para la alcaldía provincial de Áncash por Unión Por el Perú. (Foto: Minjus)
De acuerdo al registro de Infogob del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Yldefonso Narro participó en tres procesos electorales. En el 2002 postuló por Acción Popular a la Municipalidad de La Victoria y en el 2006 postuló para la alcaldía provincial de Áncash por Unión Por el Perú. (Foto: Minjus)
Karem Barboza Quiroz

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El flamanteministro de Justicia y Derechos Humanos, Ángel Fernando Yldefonso Narro no llegó de última hora para ocupar el cargo. Por el contrario, en los últimos meses se acercó al presidente y fue labrando su designación en Palacio de Gobierno, mientras que a la par despachaba también como juez del Poder Judicial.

Egresado de la facultad de Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad de San Martín de Porres (USMP), se desempeñó como abogado particular, asesor del alcalde de Tambopata en Madre de Dios, juez superior en la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, juez del juzgado mixto de la Corte Superior de Justicia de Junín y hasta hace pocos días era juez en la Corte Superior de Justicia de Ancash.

Según los registros de visitas del Estado, su primer acercamiento con este gobierno fue con el exministro de Educación Juan Cadillo, con quien se reunió en setiembre del 2021.

MIRA: Episodios terminales 2.La izquierda en la calle. Una crónica de Fernando Vivas

De allí, no volvió a aparecer sino para reunirse directamente con el presidente Pedro Castillo en diciembre del 2021, cuando se le exigía al mandatario la lista de las personas con las que se reunió en la vivienda del pasaje Sarratea (Breña).

De allí, no volvió a aparecer sino para reunirse directamente con el presidente Pedro Castillo en Palacio de Gobierno el 11 de diciembre del 2021, cuando se le exigía al mandatario la lista de las personas con las que se reunió en la vivienda del pasaje Sarratea (Breña).

Ese mismo día, según el registro electrónico de visitas obtenido por El Comercio, también se reunió con , uno de los hombres más cercanos del jefe de Estado y que ha sido sindicado como “un asesor en la sombra”.

Según el registro de visitas, el actual ministro de Justicia Ángel Yldefonso Narro se reunió con el abogado Eduardo Pachas, defensa legal del presidente Pedro Castillo, en diciembre del 2021 cuando el actual ministro era juez.. Foto: archivo GEC
Según el registro de visitas, el actual ministro de Justicia Ángel Yldefonso Narro se reunió con el abogado Eduardo Pachas, defensa legal del presidente Pedro Castillo, en diciembre del 2021 cuando el actual ministro era juez.. Foto: archivo GEC

Los registros también muestran que el flamante ministro de Justicia se reunió con el abogado de Castillo Terrones, Eduardo Pachas en el despacho de Camacho hasta en dos oportunidades.

El 27 de diciembre del 2021, Yldefonso ingresó a las 17:18 p.m y Pachas a las 17:46 p.m. El primero dejó el despacho de Camacho a las 21:13 p.m y Pachas a las 21:14 p.m.

Luego, el 29 de diciembre del 2021, el actual ministro llegó al despacho de Camacho a las 20:14 p.m y Pachas había registrado su ingreso a esa misma oficina a las 20:03 p.m. Ambos, se retiraron a las 23:12 p.m. según los registros electrónicos.

Cabe precisar que, mientras Yldefonso Narro realizaba estas visitas, según el registro electrónico del Poder Judicial seguía emitiendo resoluciones y desempeñándose como juez de la Corte Superior de Justicia de Ancash. Es decir, compartía sus actividades jurisdiccionales con las “reuniones de trabajo” con los asesores de Castillo Terrones en Palacio.

Las reuniones de Yldefonso Narro con Beder Camacho se volvieron interdiarias hasta el 14 de enero del 2022.

Por esos días, el abogado de Castillo ya había indicado que no presentarían la lista de Sarratea porque no existía. Y, en el ámbito político, se iniciaba la tercera crisis ministerial, luego de conocerse que Castillo Terrones no recibía al exministro del Interior Avelino Guillén.

En total, fueron doce visitas entre diciembre del 2021 y enero del 2022.

El abogado reapareció el último martes 8 de febrero para tomar juramento como ministro de Justicia.

Su pasado como abogado

Pero el actual ministro Yldefonso Narro, antes de ser juez trató de llegar al desaparecido Consejo Nacional de la Magistratura (Ex CNM) por el Colegio de Abogados de Madre de Dios.

Participó del proceso del 2015 cuando Guido Aguila fue electo representante de los Colegios de Abogados. .

martes, 15 de marzo de 2022

DESLIZAMIENTO DE CERRO EN PATAZ ENTIERRA VIVIENDAS, CUBRE DE TIERRA SEIS CASAS,

 


Usuarios registraron instante del deslizamiento 

En el distrito de Parcoy en la provincia de Pataz (La Libertad), 60 viviendas quedaron sepultadas tras un derrumbe. 

Manuel Llempén, gobernador regional de La Libertad, señaló que hasta el momento no se han reportado muertes ni heridos, sin embargo, esta posibilidad no está del todo descartada.

 


 

Asimismo, habrían desaparecido seis habitantes de la localidad tras el derrumbe. 

Se espera la llegada del ministro de Defensa, José Luis Gavidia, a la zona del desastre para tomar acciones y hacer un reporte de los daños.

CASARSE SIENDO CASADO CON OTRA PERSONA ES DELITO DE BIGAMIA

 


La bigamia: Los novios y hasta el párroco pueden ir a la cárcel

En el Perú, según el artículo 139 de Delitos contra la familia del Código Penal, el casado que contrae otro matrimonio será encarcelado hasta cuatro años.

AFP

Así sea en la China o en Bolivia, en la mayoría de partes del mundo casarse dos veces será y siempre será delito, lo que quiere decir que una persona no puede contraer matrimonio con dos personas diferentes.

En el Perú, según el artículo 139 de Delitos contra la familia del Código Penal, el casado que contrae otro matrimonio será encarcelado hasta cuatro años. Pero si induce a error a la persona con quien contrae el nuevo matrimonio la pena llegará hasta los cinco.

El soltero que a sabiendas contrae matrimonio con persona casada puede pasar tres años tras las rejas.

¿Sabías que hasta el párroco y el funcionario público podrían ir a la cárcel si autorizan un matrimonio de un bígamo?

Pero no solo los novios serán castigados, también lo serán el funcionario público que, a sabiendas, celebra un matrimonio ilegal. Lo mismo le ocurrirá al  párroco u ordinario que proceda a la celebración del matrimonio sin observar las formalidades exigidas por la ley, aunque el matrimonio no sea anulado.

De igual modo se da el caso de aquellos que quieren casarse en otros países y creen que lo pueden hacer a pesar que no se han divorciado en el Perú.

En este caso, se está cometiendo bigamia y su nuevo matrimonio no tiene validez ante la ley ya que el matrimonio celebrado en el Perú tiene validez en cualquier lugar del mundo.

El tema viene a colación debido al matrimonio que pretendía realizar la semana pasada el presidente regional de Pasco Kléver Meléndez y su novia, Rosario Valencia. La boda que fue frustrada por la expareja  de la autoridad regional, quien armó un escándalo en Junín.

Otro incidente que acaparó la atención ocurrió en Chimbote cuando una mujer sorprendió a su esposo casándose por la iglesia con la exmiss Chimbote, María Teresa Jugo Corzo, de 20 años.

Yeni Magali Martínez Romero logró que se cancelara la ceremonia y exigió que se anule el matrimonio religioso del padre de sus hijos.

 


 En el Perú, según el artículo 139 de Delitos contra la familia del Código Penal, el casado que contrae otro matrimonio será encarcelado hasta cuatro años. Pero si induce a error a la persona con quien contrae el nuevo matrimonio la pena llegará hasta los cinco

ENCARCELAN JUEZ PERUANO POR LIBERAR DELINCUENTES

 

Juez que liberó a delincuentes fue condenado a prisión

14:50 h - Jue, 5 Mar 2015

Por primera vez en la historia judicial, un juez penal ha sido condenado a prisión por haber trasgredido la norma para conceder libertad a un grupo de personas vinculadas con el narcotráfico, extorsión, entre otros graves delitos.

La Sala Penal Especial de Lima sentenció a Wilbert Sánchez Vera, ex titular del 38 Juzgado Penal con Reos en Cárcel de Lima, a una pena de tres años y ocho meses de prisión efectiva por delito contra la administración de justicia, prevaricato.

Además, el ex magistrado deberá pagar una reparación civil de 40 mil nuevos soles.

DEBERIAN EXPULSAR A REPSOL DEL PERU..............LAS MULTAS NO REPARAN DAÑO.....

 


Perú impone dos nuevas multas a Repsol por 211.000 euros tras el derrame

La Autoridad Ambiental peruana ha iniciado tres procesos administrativos sancionadores que podrían derivar sanciones por 14,3 millones de dólares


 

Trabajadores, durante la limpieza del derrame petrolero en Perú.
Trabajadores, durante la limpieza del derrame petrolero en Perú. AP

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), adscrito al Ministerio del Ambiente de Perú, ha impuesto este martes dos nuevas multas coercitivas contra Repsol por casi 240.000 dólares (unos 211.961 euros) por haber incumplido las medidas administrativas dictadas tras el derrame de crudo ocurrido hace justo un mes, el pasado 15 de enero.

Según informó este martes el organismo fiscalizador, estas dos multas se suman a la primera sanción del 10 de febrero y derivan de las medidas impuestas por el OEFA el 18 de enero, cuando dio un plazo de entre tres y ocho días para que Repsol cumpla con la identificación de las zonas afectadas por el derrame, la limpieza y la contención del crudo.

Cada multa equivale a 100 Unidades Impositivas Tributarias (unos 120.000 dólares), por lo que el monto total que la compañía española deberá pagar asciende a 1.380.000 soles (unos 358.800 dólares).

Además, el OEFA también inició tres procesos administrativos sancionadores que podrían derivar en otras tres sanciones por 55,2 millones de soles (unos 14,3 millones de dólares).

En total, la autoridad ambiental peruana impuso 14 medidas a Repsol para garantizar la identificación y limpieza de la zona afectada, así como la adecuada gestión de los residuos sólidos y el rescate de la fauna contaminada en las áreas naturales protegidas, entre otros.

El derrame ocurrió hace justo un mes cuando el buque petrolero italiano Mare Doricum descargaba el hidrocarburo de la terminal 2 de la refinería La Pampilla, que opera Repsol en el municipio de Ventanilla.

A raíz de esta fuga, el litoral peruano recibió el vertido de unos 10.396 barriles de crudo, según datos de Repsol, mientras que las autoridades peruanas aseguran que fueron 11.900 barriles.

La empresa española indicó este lunes que los trabajos de limpieza ya lograron avanzar en un 76% del área afectada, que según sus propios datos fue de 105 kilómetros cuadrados.

Así, Repsol se dispone a entrar en la etapa final de limpieza de playas, que espera concluir durante este mes, mientras que en marzo terminará la labor en zonas que requieren trabajos más minuciosos, como acantilados, zonas rocosas y arrecifes.

Para ello, la compañía desplegó un equipo de más de 2.500 personas y viene dando soporte a más de 2.800 personas que integran más de 30 colectivos de pescadores y comerciantes de las zonas afectadas, mientras continúan las labores de rescate de animales.

Según el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), en las áreas naturales protegidas afectadas por la catástrofe ecológica se han registrado más de 950 aves cubiertas de petróleo, de especies como el cormorán, el guanay, el piquero peruano, el pelícano
o la gaviota peruana.

Hasta el 9 de febrero, el Sernanp halló 208 aves muertas, mientras otras 56 fueron rescatadas.

 

 


 

martes, 8 de marzo de 2022

CONCILIACION EN LIMA SUR 150 SOLES


ATAQUES CIBERNETICOS SUFREN TELEVISORAS Y ORGANISMOS ESTATALES EN RUSIA.

 

Rusia sufre un ataque informático "sin precedentes" contra sus páginas web

La ciberguerra

El Ministerio para el Desarrollo Digital de Rusia ha indicado que han sido repelidos "con éxito" en la mayor parte de los casos

Guerra Ucrania - Rusia, en directo

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Un miembro de las fuerzas ucranianas, con una máscara de Guy Fawkes (de Anonymous), patrulla el centro de Kiev 

ARIS MESSINIS / AFP

Rusia ha sufrido un "ataque informático sin precedentes" contra sus páginas web. El Ministerio para el Desarrollo Digital de Rusia ha confirmado que páginas web institucionales, con la del Kremlin a la cabeza, se encuentran bajo un "ataque informático sin precedentes" que ha sido repelido "con éxito" en la mayor parte de los casos, según un comunicado.

 

 

Anonymous piratea las señales de las televisiones rusas con imágenes de la guerra en Ucrania

Ataque informático

También se ha intervenido en servidores audiovisuales similares a Netflix en Rusia como Wink o Ivi, que cuentan con miles de abonados

Guerra Ucrania - Rusia en directo

Horizontal

Anonymous piratea las señales de las televisiones rusas con imágenes de la guerra en Ucrania. 

Bloomberg

El grupo de piratas informáticos, que se hacen denominar Anonymous, afirma haber pirateado varias retransmisiones de los principales canales de televisión rusos para eludir la censura oficial, ha asegurado este lunes el colectivo en su cuenta de Twitter.

La intervención en los canales estatales ha permitido, según Anonymous, emitir imágenes de la guerra en Ucrania que han podido ser vistas en diferentes partes de Rusia.

Ha afectado a los canales Russia 24, Channel One y Moscow 24

Según el mensaje, publicado en la cuenta de Twitter que no puede ser verificada de forma independiente, los canales pirateados son Russia 24, Channel One y Moscow 24.

Horizontal

Anonymous anuncia ataques informáticos contra Rusia. 

FOTOGRAMMA / EP

También se ha intervenido en servidores audiovisuales similares a Netflix en Rusia como Wink o Ivi, que cuentan con miles de abonados.

En el mensaje aparece una grabación sobre el aparente bloqueo de los citados canales en los que se difundieron imágenes y mensajes relativos al invasión de Ucrania por parte de las tropas rusas.

La Importancia de Estudiar

Clases de Testamentos

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DESARCHIVAMIENTO DE EXPEDIENTES EN VILLA MARIA DEL TRIUNFO

 

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REQUISITOS PARA ALEGAR LA NULIDAD PROCESAL

 Cuando una de las partes se percate que en el procedimiento adelantado en un proceso civil existe causal de nulidad deberá alegarla.

Incidente de nulidad en el código general del proceso.

El CGP en su artículo 133 señala las causales de nulidad que se pueden presentar en un proceso civil, y en caso de que se presente una o varias, la parte legitimada puede alegarlas.

La solicitud de nulidad procesal deberá contener los siguientes requisitos:

  • Encontrarse legitimado para proponer la causal.
  • Manifestar la causal de nulidad que invoca.
  • Determinar los hechos que respaldan la causal de nulidad, por ejemplo, si se trata de falta de notificación manifestar que esta no se hizo.
  • Solicitar o aportar las pruebas con las que se pretende demostrar la nulidad.

Las causales de nulidad no pueden ser alegadas por quien dio lugar a la circunstancia que las originó, ni por la parte que tuvo la oportunidad de alegarla como excepción previa y no lo hizo.

 


 

Incidente de nulidad en el código general del proceso.

El CGP en su artículo 133 señala las causales de nulidad que se pueden presentar en un proceso civil, y en caso de que se presente una o varias, la parte legitimada puede alegarlas.

La solicitud de nulidad procesal deberá contener los siguientes requisitos:

  • Encontrarse legitimado para proponer la causal.
  • Manifestar la causal de nulidad que invoca.
  • Determinar los hechos que respaldan la causal de nulidad, por ejemplo, si se trata de falta de notificación manifestar que esta no se hizo.
  • Solicitar o aportar las pruebas con las que se pretende demostrar la nulidad.

Las causales de nulidad no pueden ser alegadas por quien dio lugar a la circunstancia que las originó, ni por la parte que tuvo la oportunidad de alegarla como excepción previa y no lo hizo.

 

El código general del proceso incorpora además que la causal de nulidad no puede ser pedida por la parte que después de ocurrida la causal haya actuado en el proceso sin proponerla.

Cuando se solicite la nulidad procesal solo será admitida la solicitud que se base en las causales establecidas en el artículo 133 del código general del proceso.

 

Será rechazada la solicitud de nulidad procesal en los siguientes casos contemplados en el código general del proceso:

  • Causales que se fundamenten en hechos que pudieron ser alegados como excepciones previas.
  •  Cuando se proponga la nulidad después de saneadas.
  • Cuando la causal la proponga alguien que carezca de legitimación.

La oportunidad para presentar el incidente de nulidad y el trámite que se le debe dar, está regulado en el artículo 134 del código general del proceso.

Por último, recordemos que por disposición del artículo 137 del código general del proceso, el juez tiene el deber de informar las nulidades a la parte procesal afectada por ellas.

 Sin embargo, es deber del apoderado identificar las nulidades que puedan favorecer a su cliente, puesto que el juez no siempre las conoce, o puede conocerlas, pero omite comunicarlas como es su deber.

 

NULIDAD DE CONTRATOS------------REQUISITOS DEL CONTRATO

 


Requisitos de los contratos y su nulidad.

Para que un contrato sea válido y produzca efecto entre las partes firmantes, de forma general debe reunir los requisitos que señala el artículo 1502 del código civil, que son:

  1. Que sea legalmente capaz.
  2. Que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio.
  3. Que recaiga sobre un objeto lícito.
  4. Que tenga una causa lícita.

Adicionalmente señala el artículo 1740 del código civil respecto al concepto de nulidad de un acto o contrato:

«Es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato según su especie y la calidad o estado de las partes.»

Por ejemplo, un contrato de compraventa en el que no se pactó un precio; en este caso, por faltarle un requisito esencial no puede tener validez.

Un contrato está viciado de nulidad cuando faltan los requisitos que la ley exige para su validez, los cuales anteriormente se enumeraron y la declaratoria de nulidad es la sanción que se imputa por omitir dichos requisitos.

 

Entonces, si un contrato no cumple estos requisitos, está viciado de nulidad que puede ser relativa o absoluta.

Nulidad absoluta.

La nulidad absoluta es aquella que no puede ser saneada y la única salida es declarar nulo el contrato.

Al respecto señala el artículo 1741 del código civil en sus dos primeros incisos:

«La nulidad producida por un objeto o causa ilícita, y la nulidad producida por la omisión de algún requisito o formalidad que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos en consideración a la naturaleza de ellos, y no a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdan, son nulidades absolutas.

Hay así mismo nulidad absoluta en los actos y contratos de personas absolutamente incapaces.»

Es el caso por ejemplo cuando el contrato versa sobre un objeto ilícito, o cuando es firmado por una persona legalmente incapaz, que son situaciones que no se pueden subsanar.

 

El juez que conozca el proceso puede declarar la nulidad absoluta oficiosamente en caso de advertirla.

Nulidad relativa.

La nulidad relativa hace referencia al vicio que sufre el contrato que puede ser saneado o solventado por las partes.

El tercer inciso del artículo 1741 del código civil señala lo siguiente:

 

 

«Cualquiera otra especie de vicio produce nulidad relativa, y da derecho a la rescisión del acto o contrato.»

Es decir, que cualquier otro vicio que no cause nulidad absoluta causará nulidad relativa, la que sí puede ser subsanada por las partes si es su voluntad o interés.

Al respecto señala el artículo 1743 del código civil en su primer inciso:

«La nulidad relativa no puede ser declarada por el juez o prefecto sino a pedimento de parte; ni puede pedirse su declaración por el Ministerio Público en el solo interés de la ley; ni puede alegarse sino por aquéllos en cuyo beneficio la han establecido las leyes, o por sus herederos o cesionarios; y puede sanearse por el lapso de tiempo o por ratificación de las partes.»

La nulidad relativa se puede subsanar por ratificación de las partes, que no es obligatoria, pues la parte interesada puede exigir la nulidad en lugar de solicitar la subsanación, y como la norma lo señala, la nulidad sólo puede se alegada por la parte que «en cuyo beneficio la han establecido las leyes».

De lo anterior se desprende que la nulidad relativa no puede ser declarada de oficio por el juez, sino que debe ser declarada a petición de la parte legitimada e interesada, en tanto la nulidad absoluta debe ser declarada de oficio en caso que el juez la advierta y las partes no la hayan solicitado.

En cualquier caso, la nulidad sea absoluta o relativa requiere declaración judicial, es decir, se debe presentar una demanda pues no opera de pleno derecho.

Saneamiento de la nulidad.

Se ha dicho que sólo la nulidad relativa puede ser saneada, subsanada o corregida, y puede sanearse por el lapso de tiempo, o por ratificación de las partes ya sea tácitamente o de forma expresa.

El artículo 1753 del código civil señala que la ratificación expresa debe hacerse con la misma solemnidad exigida por la ley al contrato en cuestión, de manera que, si el contrato por ley debe hacerse mediante escritura pública, por ejemplo, la ratificación debe hacerse también por intermedio de una escritura pública.

 

La ratificación tácita no es otra que la ejecución voluntaria del contrato a pesar de la nulidad que la aqueja, es decir que, a pesar del vicio del contrato, las partes continúan en su ejecución.

Es importante anotar que la ratificación, sea tácita o expresa, sólo es válida si proviene de la parte o partes que tienen derecho a alegar la nulidad, lo que significa que un tercero ajeno al contrato no puede ratificarlo válidamente, ni vale la ratificación solitaria de la parte que no puede legalmente alegar la nulidad, por lo que requiere consensualidad de las dos partes.

Efectos de la nulidad.

Los efectos de la nulidad declarada judicialmente en sentencia con fuerza de cosa juzgada se encuentran contemplados en el artículo 1746 del código civil, los cuales son los siguientes:

  • Confiere el derecho a las partes de restituir las cosas a su estado anterior, es decir, a como estaban antes de que hubiera existido el acto o contrato declarado nulo.
  • También da derecho a las restituciones mutuas, es decir, del pago de las mejoras, las restituciones de las especies y de sus frutos, etc.

En este último caso cada una de las partes será responsable de la perdida de las especies o del menoscabo que se haya producido por su culpa.

Restituciones mutuas – ¿Qué son?.Cuando se termina, anula o resuelve un contrato hay lugar a las restituciones mutuas entre las partes del contrato.

Al respecto la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria en sentencia de 4 de febrero de 2003, expediente 6610, se refirió de la siguiente manera:

«Declarada judicialmente la nulidad de un contrato, las partes deben ser restituidas de jure al estado anterior, y por tanto, la prestación respectiva, que conduce a que la restitución se verifique se debe también de jure, y procede en ello oficiosamente la justicia sin necesidad de demanda. Tales prestaciones comprenden, además de la devolución de las cosas dadas con ocasión del contrato invalido, sus intereses y frutos, el valor de los gastos y mejoras que se hubieren realizado en ellas, además de las indemnizaciones provenientes de la perdida culposa o deterioro que sufrieran mientras estuvieron en poder de la parte obligada a la restitución.»

Entonces, como la declaración de nulidad tiene como efecto «la desaparición» del contrato, como si este nunca se hubiese celebrado, no se debe dejar de lado que entre las partes se pudieron haber realizado ciertas actuaciones que deben restituirse a su estado anterior.

El caso del contrato de compraventa de un apartamento, donde el vendedor entrega el apartamento al comprador, y este paga la mitad del precio. Si el contrato es declarado nulo, el comprador debe devolver el apartamento al vendedor, y este debe devolver al comprador el dinero que recibió como parte de pago.

Prescripción de la acción de nulidad.

La acción de nulidad, como se conoce la demanda que se presenta ante un juzgado para que declare la nulidad del contrato, está sujeta a prescripción.

Para el caso de la nulidad de un contrato civil, la prescripción des de 4 años en términos del artículo 1750 del código civil, teniendo en cuenta que ese término inicia a contar dependiendo de las situaciones allí mencionadas:

  1. Este cuatrienio se contará, en el caso de violencia, desde el día en que ésta hubiere cesado; en el caso de error o de dolo, desde el día de la celebración del acto o contrato.
  2. Cuando la nulidad proviene de una incapacidad legal, se contará el cuatrienio desde el día en que haya cesado esta incapacidad.

Respecto a los menores de edad, cuando estos están legitimados para solicitar la nulidad del contrato el término de prescripción se rige por el artículo 1751 del código civil:

«Los herederos mayores de edad gozaran del cuatrienio entero si no hubiere principiado a correr; y gozaran del residuo, en caso contrario. A los herederos menores empieza a correr el cuatrienio o su residuo desde que hubieren llegado a edad mayor.

Pero en este caso no se podrá pedir la declaración de nulidad, pasados treinta años desde la celebración del acto o contrato.»

Tratándose de contratos mercantiles, el código de comercio en su artículo 900 señala un término de prescripción de 2 años, y dicho artículo no habla de nulidad absoluta o relativa, sino de anulabilidad:

«Será anulable el negocio jurídico celebrado por persona relativamente incapaz y el que haya sido consentido por error, fuerza o dolo, conforme al Código Civil.»

Una vez transcurrido el término de 4 años la acción de nulidad prescribe, y la prescripción es una de las excepciones que se pueden interponer en una acción de nulidad.

 

 

 

lunes, 7 de marzo de 2022

TITULOS FALSOS EN PERU,

 

Multan a Universidad José Carlos Mariátegui por otorgar títulos sin valor oficial

Deberá pagar multa por más de S/. 200,000

ANDINA/archivo

ANDINA/archivo

17:14 | Lima, jun. 20.

La Universidad José Carlos Mariátegui (UJCM) de Moquegua deberá pagar una multa por más de 200,000 nuevos soles que le impuso el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), confirmó hoy la institución.

Según el Indecopi, la multa le fue impuesta la UJCM por “emitir grados académicos sin valor oficial y por suspender la devolución de dinero a estudiantes procedentes de la Universidad de Iquitos, a quienes admitió sin que dicha institución estuviera reconocida por la Asamblea Nacional de Rectores”.

La multa por los dos casos que asciende a 55 (UIT), unidades impositivas tributarias, equivalentes a 209,000 nuevos soles, fue confirmada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.

Agregó que además de la sanción económica, Indecopi ordenó como medida correctiva la devolución del dinero a todos los alumnos afectados, suma que ascendería a 160,000 nuevos soles. Esta medida tendrá que publicarse en un medio de comunicación escrito de alcance nacional.

El organismo recordó que el caso de los estudiantes de la Universidad de Iquitos se produjo luego de que la UJCM admitiera a más de 320 jóvenes. Sin embargo, al percatarse que los documentos de la universidad de origen no tenían valor, declaró nulas las resoluciones de convalidación de estudios, disponiendo la devolución de los montos pagados por los alumnos, hecho que no se cumplió.

Precisamente a ellos la universidad les otorgó títulos de bachiller, considerados ilegales por la Asamblea Nacional de Rectores.

(FIN) NDP/MAO

Publicado: 20/6/2014

DIVORCIO ---SEPARACION CONVENCIONAL---EN TU DISTRITO

 

LAS TASAS JUDICIALES LAS PAGAN LOS CONYUGUES

UNA TASA CADA UNO.-- DEBERAN PRESENTAR SU CONVENIO DE DIVORCIO CON FIRMA LEGALIZADA....OJO

domingo, 6 de marzo de 2022

RUSOS MATAN UNA FAMILIA UCRANIANA--PADRE MADRE UNA NIÑA Y UN JOVEN PERECEN

 

La muerte bajo las bombas de una madre y sus hijos en Kiev que conmociona al mundo (Photo: via Associated Press)
La muerte bajo las bombas de una madre y sus hijos en Kiev que conmociona al mundo (Photo: via Associated Press)

La invasión rusa de Ucrania sigue cobrándose víctimas civiles, pero hay historias que trascienden a las frías cifras de fallecidos. Como la que han documentado varios fotoperiodistas en Irpin, a las afueras de Kiev, donde los bombardeos rusos están atemorizando a los civiles, que huyen como pueden de las bombas.

Este domingo, varios reporteros han sido testigos de una de esas tragedias cuando fuerzas rusas han disparado proyectiles de mortero en una zona por donde un grupo de civiles trataba de huir de los bombardeos.

Según relata la periodista de The New York TimesLynsey Addario, los allí presentes han comenzado a correr, “tirando de los niños y tratando de encontrar un lugar seguro”. “Pero no había dónde esconderse”, explica la reportera.

Entonces, un proyectil ha caído en plena calle “levantando una nube de humo y dejando a una familia (una madre, un padre, un adolescente y una niña que parecía tener ocho años) tirados en el suelo”.

Según informa la periodista, los dos menores y la madre han muerto. El padre, inconsciente y malherido, ha sido trasladado por fuerzas ucranianas que han acudido a socorrer a las víctimas.

ADVERTENCIA: LAS IMÁGENES A CONTINUACIÓN SON MUY DURAS Y PUEDEN HERIR SU SENSIBILIDAD.

CONSECUENCIAS SI SU PROCESO ES DECLARADO EN ABANDONO POR EL PODER JUDICIAL

 Hay personas que piden divorcio , presentan su demanda y luego de presentarla, no le pagan a sus abogados....y como nadie impulsa el proceso, el juez lo declara en abandono y ordena su archivamiento definitivo.

 ¿Cual es la consecuencia de que su proceso sea declarado en abandono?

"Artículo 346o. - Abandono del proceso. - Cuando el proceso permanezca en primera instancia durante cuatro meses sin que se realice acto que lo impulse, el juez declarará su abandono de oficio o a solicitud de parte o de tercero legitimado.

¿y que consecuencia trae esto para el demandante?

¿Qué efecto produce el abandono del procedimiento?
 
Desde luego, las consecuencias procesales causados por la sentencia firme que declara abandonado el procedimiento es el inmediato de hacer perder a las partes el derecho a continuar el procedimiento, el cual desaparece totalmente con el efecto mediato de no poder hacerlo valer en un nuevo juicio.
 

 por hacer perder el tiempo, no pagar a su abogado puntualmente ..., su caso es declarado en abandono  y se manda al archivo para siempre  y ud no podra pedir un nuevo juicio nunca mas............