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sábado, 20 de junio de 2020

PODER JUDICIAL, ROBO Y HURTO


La población civil, los ciudadanos de un país, los policías y militares, conforme avanza el Perú, en el devenir del tiempo, cada día que pasa,  ve medio asustada, la forma en que sus magistrados, fiscales, autoridades, suelen , liberar a delincuentes, por las razones, mas asombrosas, dejando la idea en la nación, de que de alguna manera, los favorecen.

Delito es toda acción:

Típica
Punible
Dolosa
Anti jurídica

Para el común de la gente, basta el solo hecho de tratarse de un arrebato, robo, agresión, para que se considere desde ya como un delito.

Y claro esta el hurto, como el robo, son delitos, están tipificados como tales, en el Código Penal de Perú.

Pero entre uno y otro hay diferencias.

El hurto es apropiarme de algo que no es mio, pero en esto no ejerzo ninguna forma de violencia. Lo que hago es aprovecharme de que alguien este distraído y me llevo por ejemplo, su Laptop, un celular.



Pero si,  para llevarme esa misma Laptop, celular, yo premunido de un arma (cuchillo, revolver), entro en una oficina y amenazo al dueño, con matarlo si no me la entrega y para que la suelte, le pico con un cuchillo, o lo golpeo en el rostro y así logro quitarle su Laptop, celular ,  allí si estamos ante la figura del Robo Agravado.

Mire la fotos......de robo agravado......



¿Ve ud la diferencia?

No es lo mismo. Son acciones delictivas, diferentes.

Allí esta el asunto, del porque los jueces, toman decisiones, un tanto controversiales.

Es como cuando por ejemplo, un policía para evitar un robo, dispara a uno de los ladrones, por la espalda, en la cabeza.

En este caso, el policía termina preso, detenido, denunciado, enjuiciado y hasta encarcelado.
¿Porque?

Porque en este caso, el policía no ha intervenido de una manera legitima.

Es legitimo, intervenir en defensa de los ciudadanos que son asaltados, por delincuentes. Pero no lo es, matarlos sin mas ni mas, y de un tiro en la cabeza, por la espalda.

Eso mas parece, una ejecución, que una intervención racional, al momento de ver la comisión de un delito.

La intervención de un policía tendría que ser así:

1.- Voz de: ALTO POLICÍA.
2.- Si el delincuente, esta armado y no acata la orden, sino que mas bien, apunta al policía con arma de fuego......
3.- El policía debe parapetarse y si el maleante dispara, abre fuego, frente a frente, desde donde esta parapetado, el policía puede disparar, haciendo uso legitimo de su arma.

Lo ilegitimo, es no intentar detener la agresión del delincuente, de manera racional y legitima.

Es ilegitimo intervenir, con ventaja, alevosía, disparando a un delincuente por la espalda y a la cabeza, porque todos sabemos que el resultado sera una muerte inmediata.

Y nadie puede matar a otra persona, mas que cuando se trate de salvar la propia vida.

Estas cosas, son las que suelen ocurrir , en Lima Metropolitana, frecuentemente y el desconocimiento de la ley, tanto por ciudadanos, policías, suele provocar, detenciones, encarcelamiento, de quienes aparentemente actuaron legítimamente.

Por experiencia les digo, que si hay una diferencia entre robo y hurto agravado.

No se sanciona de la misma forma, uno y otro.

Hace algunos años, mas o menos dieciocho, un pariente mio, entro en mi oficina y luego de discutir conmigo, me dio un tremendo puñetazo y tomo mi celular, de mi escritorio llevándoselo y me dijo: "mañana vengo por mi plata.



La persona que me robo de manera agravada, el celular, creía que porque el artefacto, tenia un valor de 30 soles, por el monto, a el nadie le podría hacer nada.

Pero hay que saber, que en este caso, no importa el valor que tenga el  artefacto. Podría tratarse de un "caramelo", de a sol.

Si tu me lo quitas, dándome un puñetazo en la cara, seras encarcelado inmediatamente, por lo menos cinco años.
Porque no se trata del monto o valor de lo que me robaste, sino se trata de:
"la violencia que pusiste, para quitarme el caramelo".

Para el caso que les cuento, se trataba de mi hermano menor de madre y estuvo a  punto de ir:  "a un penal".

PEDRO ALEJANDRO REYES RAMOS
Universidad Jose Carlos Mariategui
Director Centro de Conciliación Hans Kensel.
Gerente de Litigium Asesores.