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sábado, 20 de enero de 2018

DENUNCIAS PENALES FALSAS

Si eres vicitma de denuncias penales malevolas, falsas, sin pruebas...puedes solicitar una Indemnizacion por daños y perjuicios.....¿Lo sabias?

Aqui te dejamos el Modelo de Demanda y luego un Caso Practico de la vida real, incluida la sentencia.

EJEMPLO DE MODELO DE DEMANDA CIVIL DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL


Expediente N°:
Cuaderno : Principal
Escrito N° : 01
Sumilla : Demanda de Indemnización por daños y perjuicios derivada de Responsabilidad Extracontractual 



SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO 


CRISTIANO MOISÉS SALAS PALOMINO, identificado con DNI N°45101512, con dirección domiciliaria en Calle Moquegua N° 621 II Nivel, y, señalando domicilio procesal en la Calle Ancash N° 458-A interior Oficina N° 02 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me presentó y expongo: 


I. DEMANDADOS 



1.1. Marcela Antonia Sánchez Guerra y Carlo Fabio Pinto Zapata, en calidad de propietarios del vehículo de placa de rodaje XU-524, con dirección domiciliaria en la Calle Moquegua 625 III Nivel,de esta ciudad de Moquegua, donde serán notificados y emplazados válidamente. 


1.2. Cristian Tejeda Copa, en calidad de conductor del vehículo de placa de rodaje XU-524, con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad de Moquegua. 


II. PETITORIO 


Invocando interés y legitimidad para obrar (,), por derecho propio, interpongo pretensiones de: 





OTRO MODELO


EXPEDIENTE: Nº
CUADERNO: PRINCIPAL
ESCRITO: Nº1
SUMILLA DEMANDA DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS y PERJUICIOS DERIVADA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL




SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO



ESTHER PINTO RAMÍREZ, identificado con DNI Nº 45101512, con dirección domiciliaria en Calle Ica N° 621 II Nivel, y, señalando domicilio procesal en la Calle Ancash N° 458-A interior Oficina N° 02 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me presentó y expongo: 


I. DEMANDADOS 


EMPRESA BCR SA., con dirección domiciliaria en A CAE Moquegua 625 II Nivel, de esta ciudad de Moquegua, donde serán notificados y emplazados válidamente. 


II. PETITORIO


Invocando interés y legitimidad para obrar, por derecho propio. interpongo demanda de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADO DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO CON SUBSIGUIENTE MUERTE CON EL OBJETO DEque la demanda cumpla con pagar la suma de S/.1974,911.70 nuevos soles. 


A) Daños patrimoniales: 

  • Daños emergentes seme pague la suma de 8.000.000.00 nuevos soles.
  • Lucro cesante se me pague la suma de 174 911. 70

B) Daños extra patrimoniales: 

  • Daño a la persona se me pague  la suma de 500.000.00 Daño moral se me pague la suma de 500 000. 00



CASO PRACTICO: 



jueves, 25 de mayo de 2017

PRUEBAS DE UBICACION LORETO

CARTA ABIERTA A LOS ALUMNOS DE 

PRUEBAS DE UBICACIÓN DE LORETO-

AÑO 1997-1998-1999-2000----

PRUEBAS QUE ANULO LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE LORETO EL AÑO 2002.

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LA UNICA FORMA DE QUE PUEDAS SOLUCIONAR TU PROBLEMA CON EL CERTIFICADO DE ESTUDIOS SECUNDARIOS ES, MEDIANTE UNA DEMANDA DE RECLAMACION DE DERECHOS ADQUIRIDOS O DE HECHOS CUMPLIDOS. …………EN DERECHO, LA TEORIA DE LOS HECHOS CUMPLIDOS ……

EN ESENCIA SOSTIENE QUE UNA VEZ QUE UN DERECHO HA NACIDO Y SE HA ESTABLECIDO EN LA ESFERA DE UN SUJETO, LAS NORMAS POSTERIORES QUE SE DICTEN NO PUEDEN AFECTARLO. EN CONSECUENCIA, EL DERECHO SEGUIRÁ PRODUCIENDO LOS EFECTOS PREVISTOS    TODOS AL MOMENTO DE SU CONSTITUCIÓN, BIEN POR EL ACTO JURÍDICO QUE LE DIO ORIGEN, BIEN POR LA LEGISLACIÓN VIGENTE CUANDO TAL DERECHO QUEDÓ ESTABLECIDO. 


ES DE ORIGEN PRIVATISTA Y BUSCA PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS. TIENDE A CONSERVAR LAS SITUACIONES EXISTENTES Y RECHAZA LA MODIFICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS POR LAS NUEVAS DISPOSICIONES LEGALES.


LA BASE LEGAL PARA  LOS ALUMNOS QUE RINDIERON DICHO EXAMEN EN ESOS AÑOS, ES EL DECRETO SUPREMO No006/96-ED----PARA EL CASO DE LAS PRUEBAS DE   UBICACION  


LOS ALUMNOS DEBEN ACCIONAR, PERO LA MAYORIA PREFIEREN DECIR: QUE EL COLEGIO  LO HAGA…..YO LE PAGUE A EL………


LA PREGUNTA ES…….’¿EL COLEGIO ANULO  LOS EXAMENES O LA DREL?------LO HIZO LA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION  DE LORETO

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¿CUANDO?  

CINCO AÑOS DESPUES, CUANDO CLAUSURO EL COLEGIO…….

¿VALEN SUS ACCIONES?....NO…….

¿QUE HAY QUE HACER?...

.DEMANDAR…..

¿QUIEN?....LOS ALUMNOS……..

¿PORQUE?...PORQUE ELLOS SON LOS AFECTADOS Y EL COLEGIO  NO……….EL COLEGIO, SUS REPRESENTANTES SOLO PUEDEN  SER TESTIGOS DE LOS ALUMNOS…………..EL COLEGIO TÉNGASE EN CUENTA YA NO EXISTE HACE QUINCE AÑOS.


¿DONDE DEBE PRESENTARSE LA DEMANDA?  

EN MAYNAS-LORETO PORQUE ALLÁ OCURRIERON LOS HECHOS------

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miércoles, 12 de abril de 2017

ME SOMETI A PRUEBA DE UBICACIÓN

NO ME QUIEREN VISAR MI CERTIFICADO DE SECUNDARIA  EN IQUITOS.....
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A PROPÓSITO DE ESTAFAS, DEJO ESTE MATERIAL, A VER SI UD APRENDE -QUE SE CONSIDERA ESTAFA- EN EL SISTEMA LEGAL......

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TODA ACCIÓN EDUCATIVA RESPALDADA EN INFORMES LEGALES, NORMAS VIGENTES, NO CONSTITUYE ESTAFA- QUE ANULEN UNAS EVALUACIONES ,APROVECHANDO LA CLAUSURA DE UN COLEGIO--ES MAS BIEN "ABUSO DE AUTORIDAD"-POR PARTE DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA----¿Y QUE SE HACE FRENTE AL ABUSO DE AUTORIDAD?


1.- DENUNCIAR POR ABUSO DE AUTORIDAD A LOS INVOLUCRADOS-----

¿QUE HACER PARA QUE TE VISEN TUS CERTIFICADOS DE ESTUDIOS?

2.- DEMANDA EN EL JUZGADO CIVIL---RECLAMANDO LOS ---DERECHOS ADQUIRIDOS-----



SI UD ESTUDIO Y ANULARON SUS EVALUACIONES----- DEBE PROCEDER ASI----ESTO VALE PARA LAS PERSONAS QUE SUS CERTIFICADOS NO LES SON VISADOS---EJEMPLO: PRUEBAS DE UBICACIÓN-------¿PORQUE?---VEAMOS

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LA TEORÍA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS

EN ESENCIA SOSTIENE QUE UNA VEZ QUE UN DERECHO HA NACIDO Y SE HA ESTABLECIDO EN LA ESFERA DE UN SUJETO, LAS NORMAS POSTERIORES QUE SE DICTEN NO PUEDEN AFECTARLO. EN CONSECUENCIA, EL DERECHO SEGUIRÁ PRODUCIENDO LOS EFECTOS PREVISTOS AL MOMENTO DE SU CONSTITUCIÓN, BIEN POR EL ACTO JURÍDICO QUE LE DIO ORIGEN, BIEN POR LA LEGISLACIÓN VIGENTE CUANDO TAL DERECHO QUEDÓ ESTABLECIDO. ES DE ORIGEN PRIVATISTA Y BUSCA PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS. TIENDE A CONSERVAR LAS SITUACIONES EXISTENTES Y RECHAZA LA MODIFICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS POR LAS NUEVAS DISPOSICIONES LEGALES.
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JOVENES Y ADULTOS NOS ESCRIBEN QUE NO LES QUIEREN VISAR SUS CERTIFICADOS EN IQUITOS---
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DICEN QUE ELLOS RINDIERON PRUEBAS DE UBICACION....

¿QUE HACER?

RESPUESTA: DEMANDAR A LA AUTORIDAD EDUCATIVA ANTE EL JUZGADO CIVIL, RECLAMANDO LOS DERECHOS ADQUIRIDOS.

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Los derechos adquiridos fueron definidos de la siguiente manera en la teoría clásica: «[…] aquellos que han entrado en nuestro dominio, que hacen parte de él, y de los cuales ya no puede privamos aquel de quien los tenemos». Esta definición fue asumida expresamente por la jurisprudencia constitucional peruana desde muy temprano y ratificada en tiempos recientes.
Se diferencia entre derechos adquiridos, facultades y expectativas.
Las facultades son atribuciones genéricas para actuar de acuerdo con el Derecho y, en tanto tales, no son derechos y no pueden ser adquiridas. Por ejemplo, si yo tengo la facultad de tomar un examen escrito o un examen oral en el curso que dicto, esta facultad puede ser cambiada por los reglamentos universitarios sin que yo pueda alegar que me están recortando derechos adquiridos.
De otro lado, las expectativas son previsiones no protegidas jurídicamente de que yo pueda, eventualmente, llegar a tener tal bien o cosa. Por ejemplo, si es posible que me vendan una casa, tengo expectativa de volverme su propietario. Pero mientras no me la vendan, lo que tengo es una expectativa, no un derecho y, consiguientemente, no puedo adquirirlo.
LA TEORÍA DE LOS HECHOS CUMPLIDOS.
Sostiene que cada norma jurídica debe aplicarse a los hechos que ocurran durante su vigencia, es decir, bajo su aplicación inmediata. Entonces, si se genera un derecho bajo una primera ley y luego de producir cierto número de efectos esa ley es modificada por una segunda, a partir de la vigencia de esta nueva ley, los nuevos efectos del derecho se deben adecuar a esta y ya no ser regidos más por la norma anterior bajo cuya vigencia fue establecido el derecho de que se trate. Es una teoría fue privilegia la transformación del Derecho a impulso del legislador (o de los tribunales en el caso de sentencias que crean precedentes vinculantes). Protege la necesidad de innovar la normatividad social a partir de las normas de carácter general.
ESTAS TEORÍAS PRETENDEN INTERPRETAR cuál es la aplicación correcta de las normas generales en el tiempo. Puede verse que la teoría de los derechos adquiridos produce como efecto el aplicar ultractivamente las normas previas, ya modificadas o derogadas, más allá del momento en que tal modificación o derogación ocurrió. La teoría de los hechos cumplidos pretende aplicar siempre de manera inmediata las normas generales.
Pareciera que ambas teorías son completamente incompatibles entre sí pero eso no es verdad: en realidad ambas están de acuerdo en que, mientras la ley original no sea modificada, ella es la aplicable a los hechos que ocurran. La diferencia en los efectos de ambas se presenta a partir de la modificación legislativa: desde ese momento, la teoría de los derechos adquiridos pretende la aplicación ultractiva de las normas anteriores en tanto que la de los hechos cumplidos pretende la aplicación inmediata de la nueva norma a los hechos que ocurran bajo ella, aunque desde luego respeta que los hechos anteriores se entiendan regidos por la ley anterior, vigente cuando ellos ocurrieron.■

lunes, 17 de octubre de 2016

TREN QUE CRUCE TODA AL AMAZONIA PERUANA PIDE CHINA

Ministro de Transportes dice que plan de tren bioceánico sería menos costoso si cruza de Bolivia hasta Brasil

“Estamos hablando de seis países que se verían beneficiados y el costo estimado, que hay que verificarlo, estaría en el orden de US$ 13,500 millones”, señaló el ministro Vizcarra.

Vizcarra indicó que el costo de una vía férrea que considere Bolivia podría ser incluso mucho menor. (Foto: Andina)

Vizcarra indicó que el costo de una vía férrea que considere Bolivia podría ser incluso mucho menor. (Foto: Andina)
El ministro de Transportes y Comunicaciones, Martín Vizcarra, afirmó que proyecto del tren bioceánico para unir el Pacífico con el Atlántico en Brasil podría ser factible si cruza Bolivia, manteniendo vivas las esperanzas de China de un acceso más directo a los productos brasileños.
Agregó que el costo de una vía férrea que considere Bolivia podría ser incluso mucho menor. Perú y China acordaron el año pasado estudiar la viabilidad de un tren que cruzaría el Amazonas para unir la costa de Brasil con un puerto peruano en el Océano Pacífico, con una inversión preliminar de US$ 60,000 millones.
Vizcarra señaló que una ruta por la zona central del continente beneficiaría además a Argentina, Paraguay y Uruguay.
“Estamos hablando de seis países que se verían beneficiados y el costo estimado, que hay que verificarlo, estaría en el orden de US$ 13,500 millones”, declaró desde Bolivia aRPP.
Refirió que el plan de China de cruzar toda la selva peruana tiene el problema de que “el medioambiente iba a ser afectado y que es de muy elevado costo”.
Vizcarra, quien participa en Bolivia en una reunión de países mediterráneos, afirmó que el tema fue abordado durante una cita el jueves con el presidente boliviano Evo Morales.
“El (Morales) ha manifestado su gran interés en este gran proyecto de un corredor bioceánico pero que conecte Bolivia, no solamente que vaya directamente de un puerto peruano hacia Brasil, dejando de lado a Bolivia”, afirmó.
El tema será analizado la próxima semana cuando los ministros de Obras Públicas y de Economía de Bolivia viajen a Lima para reunirse con sus pares peruanos, agregó.
Con el proyecto, China busca evitar que las exportaciones de la región, principalmente de Brasil, pasen por el Canal de Panamá y lleguen así al gigante asiático a menor costo.
Además, China quiere elevar su presencia en la región que le provee de materias primas para sostener su crecimiento, mientras que Sudamérica tendría la oportunidad de elaborar manufacturas para el mercado más grande del planeta.

jueves, 20 de septiembre de 2012

UN PARQUE INDUSTRIAL PARA IQUITOS


Hay la necesidad desde hace años de crear un Parque Industrial, para la ciudad de Iquitos, pero los politicachos de la selva, solo se han preocupado de ganar alcaldías y gobiernos regionales, para darle trabajo a sus parientes, sobrinos, cobrar coimas por licitaciones arregladas, mejorar su cuenta bancaria, mas no se han preocupado de darle a Iquitos, una fuente de generación de empleos.

Iquitos es una ciudad pobre, miserrima, pequeñísima, donde mangonean los rateros de cuello y corbata de la administración publica.

En ese rincón del país, que es como una gema, una piedra preciosa sin pulir, hay recursos inmensos, cuya explotaciónpodría abrir el camino hacia el desarrollo, sostenido, creciente de toda su población.

Recientemente se comienza a hablar nuevamente de la supuesta creación del parque industrial.

¿Pero que es un Parque Industrial?

Parque industrial: es un terreno urbanizado y subdividido en parcelas, conforme a un plan general, dotado de infraestructura -carreteras, medios de transporte- y servicios públicos, que cuente o no con fábricas construidas (por adelantado) y con servicios e instalaciones comunes necesarios para el establecimiento de plantas industriales.

Teniendo en cuenta que nuestro vecino Brasil, desea invertir en nuestro pais y como ellos también otros países como Reino Unido, España, Chile, Estados Unidos, Japón, vale la pena, crear ya el Parque Industrial de Iquitos, donde se podrían instalar varias actividades de Agro-industria.

La carretera Iquitos Nauta no debería convertirse en madriguera de poblaciones nuevas, asentamientos humanos, nada mas, sino que debería aprovecharse los terrenos que hay a ambos lados de ella, para estudiar en cuales, es posible crear zonas agro industriales dedicadas a la producción de camu camu, cacao, lucuma, mango, papaya, carambola, para exportarlo a Europa, usa, donde son muy apreciados, pero dándoles valor agregado. Por ejemplo exportarlos en conservas, envasados.












Estos productos , estas frutas riquísimas, envasadas podrían llegar sin ningún problema a mercados de Europa y usa, mas ahora que ya tenemos un TLC con la Unión Europea y con Estados Unidos.

Debemos aprovechar nuestras potencialidades, crear el parque industrial con buenas exoneraciones tributarias, amplios servicios de carreteras, parcelas subdivididas, para que los inversionistas se animen a apostar, por la selva peruana.
Si se crea el Parque Industrial de Iquitos con las condiciones que arriba describo, llegaran inversionistas y cuando hay inversión, se necesita mano de obra, gente para trabajar, en esas nuevas empresas agro industriales.
Es decir, que se generarían miles de puestos de trabajo, que aliviarían la economía de los loretanos, de la población de Iquitos, que ya no tendría que trabajar por propinas, como es hoy.

La llegada de inversionistas extranjeros, permitiría tal inyección de capital en Loreto, que su población pobre, la masa laboral, los miles de jóvenes en edad de trabajar, podrían ser absorbidos, por los nuevos empresarios. La economía de todos mejoraría, el comercio se incrementaría, gracias a que cada vez mas ciudadanos de la región, podrían comprar, adquirir servicios, bienes, por estar insertados a la actividad laboral, tener por fin ingresos.

El problema de Iquitos es que hoy día, el único que da trabajo remunerado, con sueldo mensual es el estado: maestros, salud, policía nacional, militares.....donde para conseguir una vacante, les hacen trabajar gratis los tres primeros meses.

La otra opción laboral son los comercios, las casa comerciales, donde a la pobre gente le pagan solo comisiones, si es que vende y le dan su almuercito.

La población de Iquitos sufre mucho y si a eso le sumamos las coimas y los abusos de las autoridades, de la mayoría de los sectores, que los privan de sus derechos, para favorecer intereses privados, de grupos de poder, concluiremos que Loreto, Iquitos , necesita a gritos un Parque Industrial.

El Plan General del Parque Industrial

El "plan general" se refiere no sólo a la planificación material del parque, sino también a su ambiente económico y social inmediato, así como a la función que se le ha asignado en el plan de desarrollo económico.


Las "instalaciones o  servicios comunes" pueden estar relacionados con la mejora de la  productividad de las empresas ocupantes, con el suministro de servicios técnicos y sociales o con el mejoramiento de la infraestructura. El concepto de parque industrial no implica complementariedad de industrias, ésta puede surgir y una vez puesto en marcha el parque es probable que se produzca pero no necesariamente.



En general los objetivos propuestos para los parques industriales tanto en  Perú,  como en otros países que han adoptado esta herramienta han sido básicamente dos:


a- Como medio de desarrollo económico; o más específicamente, de mejora o aumento del nivel de actividad industrial y empleo; y/o

b- Como elemento de ordenamiento urbanístico (planificación del desarrollo regional y urbano).


Incentivos: casi todos los países ofrecen algún incentivo, de un tipo u otro, a los empresarios para atraer a las empresas a los parques. Suelen ser uno o más de los siguientes:


Subvenciones de capital 
- Sistemas de crédito a largo y corto plazo y planes de locación-compra
- Exoneración de impuestos y derechos
- Fábricas construidas de antemano
- Terrenos baratos,
- Tarifas de agua y electricidad subvencionadas
- Subvención de fletes
- Pago de los gastos de traslado
- Simplificación de procedimientos
- Uso de instalaciones y servicios de producción comunes
- Suministro garantizado de materias primas y materiales intermedios
- Viviendas para los trabajadores.


Tipos de parques industriales: pueden clasificarse 

a.- Según su ubicación (urbano, semi-urbano o rural); 

b.-Según el patrocinador (privado, privado con asistencia estatal, mixto o estatal -en sus tres niveles: nacional, provincial o municipal- o cualquier combinatoria posible), según la motivación (de desarrollo, urbanístico o ambos) y 

c.- Según el tipo de actividad industrial (especializados, compuestos o auxiliares).


Cabe describir un parque industrial como:

Compuesto: aquel que contiene diversas industrias no relacionadas entre sí;




Auxiliar: aquel que contiene empresas, generalmente pequeñas, en diversas actividades, pero que sirven todas a un gran establecimiento y que, con frecuencia están supervisadas por la empresa matriz.



Especializado o funcional: aquel que contiene establecimientos dedicados a la misma actividad (por ej: trabajo de la madera, autopartistas), o producen la misma clase de artículos.

Complejo Industrial: es un conjunto de plantas industriales relacionadas tecnológicamente entre sí, implica complementariedad, en algunos casos para cubrir necesidades de ciertas empresas, en otros, para lograr un aprovechamiento integral de la materia prima. Se distingue del parque industrial auxiliar en que la relación tecnológica puede no darse.





Polo Productivo o Industrial:
 este concepto está relacionado al de parque o complejo industrial pero que a diferencia de aquellos que son planificados, éste surge espontáneamente. Es el caso de Silicon Valley o de los distritos industriales italianos


La creación de un Parque Industrial en Iquitos, es una buena idea, hay suficiente espacio a lo largo de la carretera Iquitos Nauta.

Es la opción mas viable, que no requiere de tanto gasto su realización, pero si de una buena planificación y que se ejecute por una constructora seria, con experiencia.

PEDRO ALEJANDRO REYES RAMOS
Director de Alvisegperu
www.actiweb.es/alvisegperu